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Revisión en segundo juicio por jurados en Comodoro: Rechazan domiciliaria y confirman prisión preventiva a Pablo Oyarzo

La mañana del viernes por pedido de la defensa de Pablo Oyarzo se concretó la audiencia de revisión de la prisión preventiva en relación al homicidio de Luis Alberto Ruiz acontecido el pasado 26 de abril de 2022. El pasado miércoles Oyarzo fue condenado por un tribunal popular y por pedido del f...

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La mañana del viernes por pedido de la defensa de Pablo Oyarzo se concretó la audiencia de revisión de la prisión preventiva en relación al homicidio de Luis Alberto Ruiz acontecido el pasado 26 de abril de 2022. El pasado miércoles Oyarzo fue condenado por un tribunal popular y por pedido del fiscal, se dictó su prisión preventiva.

El tribunal de revisión estuvo compuesto por los jueces Jorge Odorisio y Alejandro Soñis; el Ministerio Público Fiscal representado por Cristian Olazabal fiscal general en tanto que la defensa de Oyarzo fue ejercida por José Nahuelhuen, abogado particular del mismo.

El defensor se refirió a que el pasado miércoles Oyarzo ha sido declarado culpable de homicidio simple por un jurado popular y la fiscalía seguidamente le solicitó al juez que revoque el arresto domiciliario de Oyarzo y se disponga su prisión preventiva. La defensa solicita la revisión de dicha medida “entendiendo que la decisión del juez Nicosia ha sido arbitraria que solo ha tenido como argumento que la situación procesal de Oyarzo ha sido modificada”. Citando como antecedente el primer juicio por jurados de nuestra ciudad en la que el imputado, pese a haber sido condenado a 13 años de prisión, está en libertad. Es decir que Oyarzo “hasta que no haya una condena firme goza del principio de inocencia”. Solicitando el defensor se le conceda nuevamente la prisión domiciliaria a Oyarzo ya que en todo momento estuvo a disposición de la Justicia.

En contraposición el fiscal solicitó se rechace la propuesta de la defensa al entender que la resolución del juez Nicosia no es arbitraria. Oyarzo anteriormente cumplió prisión preventiva porque había riesgo de fuga y de entorpecimiento, luego el juez dispuso su arresto domiciliario. Se hizo el juicio y el jurado entendió que la teoría del caso fiscal era la correcta. Condenando a Oyarzo por homicidio. Hubo un cambio procesal si bien es cierto que no se derrumbó totalmente el principio de inocencia, por las instancias procesales pendientes. La audiencia de cesura de pena está prevista para el próximo miércoles. El juez entendió que este cambio sustancial de la condena acrecentaba el riesgo de fuga. Los antecedentes que trajo la defensa no resultan aplicables al presente caso, por la naturaleza del delito y por el comportamiento del acusado. Solicitando se rechace lo solicitado por la defensa y se mantenga la prisión preventiva dictada por el juez Nicosia en todos sus términos.

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Finalmente, luego de un cuarto intermedio los jueces de revisión dispusieron de manera unánime rechazar la solicitud de arresto domiciliario de la defensa de Oyarzo y confirmaron su prisión preventiva. La existencia de una condena puede presumir el peligro de fuga y este se acrecienta. Hay que ponderar cada caso en particular, en relación al precedente mencionado por la defensa.

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