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Viaje de egresados cancelados: se podrán reprogramar o pedir reintegro

La Resolución 498/2020 del ministerio de Turismo y Deportes de la Nación publicada este martes en el Boletín Oficial, establece que los de estudiantes que egresaban este año y que ya habían abonado total o parcialmente sus viajes de egresados puedan reprogramarl...

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La Resolución 498/2020 del ministerio de Turismo y Deportes de la Nación publicada este martes en el Boletín Oficial, establece que los de estudiantes que egresaban este año y que ya habían abonado total o parcialmente sus viajes de egresados puedan reprogramarlos o bien reclamar la devolución de lo abonado.

Las empresas de viajes podrán ofrecer la "reprogramación de los servicio turísticos cuya realización o prestación se haya visto impedida con motivo de las restricciones ambulatorias dictadas por el Poder Ejecutivo Nacional". De acuerdo con el artículo 2 de la norma el viaje reprogramado deberá efectuarse "en un plazo de 12 meses posteriores al levantamiento de las medidas restrictivas de circulación dispuestas como consecuencia de la pandemia por el coronavirus Covid-19".

Así las agencias de turismo deberán ofrecer a los estudiantes dos opciones de fechas e itinerarios a elegir para la realización de los viajes en un plazo máximo de 60 días corridos desde el levantamiento de las medidas que impiden la libre circulación por el país.

"Las reprogramaciones de los servicios contratados respetarán la estacionalidad, calidad y valores convenidos, manteniendo su vigencia las cláusulas pactadas en los contratos originales", indica la norma.

A su vez los estudiantes podrán elegir una de las dos opciones informadas por las agencias de viaje dentro del plazo de 30 días corridos de recibida la notificación con la propuesta de reprogramación o bien solicitar el reintegro de lo abonado en cuyo caso las agencias de viajes podrán retener hasta un 25% del precio de los viajes oportunamente abonados.

La devolución de lo pagado se hará en hasta dos cuotas mensuales y consecutivas y debe hacer efectiva la primera de ellas a los 30 días corridos de notificada la solicitud de reintegro por el usuario.

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