Puentes turísticos: Ahora el empleador definirá si se los da libre a sus trabajadores

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El Gobierno estableció tres días no laborables con fines turísticos para 2025, pero dependerá de la voluntad de cada empresa si les otorga la jornada libre a sus empleados. Las compañías tampoco tendrán la obligación de pagarles a quienes trabajen ese día como si fuera un feriado.

El Gobierno dispuso tres días del calendario 2025 que serán no laborables con fines turísticos. Con la firma del presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el Poder Ejecutivo dispuso que serán no laborables los próximos viernes 2 de mayo (posterior al día del Trabajador, 1° de mayo), viernes 15 de agosto (el 17 es feriado por el paso a la Inmortalidad del general San Martín) y viernes 21 de noviembre (el 20 es el día de la Soberanía Nacional).

La ley 27.399 faculta al gobierno a fijar hasta tres días feriados o no laborables -que deberán ser lunes o viernes- con la finalidad de promover la actividad turística. Generalmente, se adoptan estas medidas con el objetivo de que haya fines de semana largos “extra-largos”. Por ejemplo, en el caso de mayo de 2025, con el calendario conocido hoy quedaría un lapso de cuatro días no laborables, entre el jueves 1° y el domingo 4.

Sin embargo, a diferencia de otros años esta vez el Poder Ejecutivo definió que los puentes turísticos serán “días no laborables con fines turísticos” en vez de “feriados con fines turísticos”. Y no es un detalle menor, publicó Infobae.

Ahora cada empresa tiene la facultad de darle el día libre o no a sus trabajadores. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple, sin adicionales. Además, en el caso de que el empleador considere la jornada como no laborable, pagará la remuneración habitual a todos sus empleados.

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