Nuevo decreto vigente: ¿Cuáles son las disposiciones para viajar a Chubut?

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A partir de la vigencia del decreto N° 1101 mediante el cual se establecen las medidas preventivas que regirán hasta las 0 horas del próximo 30 de noviembre, en el marco de la pandemia de Covid 19. Se informó sobre viajes que:

Se mantienen los mecanismos y modalidades de ingreso a Chubut, El ingreso por vía terrestre será de 8 a 18 horas.

Las autorizaciones para ingresar se deben gestionar en la plataforma digital www.seguridad2.chubut.gov.ar o www.ingresoprovincia.chubut.gov.ar, y quienes pretendan ingresar a Chubut deberán “obligatoriamente contar con la aplicación CUIDAR, autorizada con un mínimo de tres días de antelación a la fecha de ingreso”.

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Todas las personas que ingresen a Chubut deberán cumplir con el Aislamiento Social Obligatorio (ASO) por el plazo de 14 días. Cuando el viajero no tuviere un lugar para cumplir el aislamiento de manera solitaria distinto al lugar de residencia, éste deberá ser cumplido también por los contactos estrechos (convivientes) de aquel.

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VIAJAR ENTRE LOCALIDADES

La circulación entre ciudades de la provincia “queda limitada a razones acreditadas de salud, a actividades y servicios esenciales o expresamente autorizados por normas nacionales y provinciales”.

“Las personas residentes de Comodoro Rivadavia y Rada Tilly podrán circular entre ellas”, indica el decreto, que también autoriza a lo propio a las personas residentes en Esquel y Trevelin, para circular entre ellas, y El Hoyo y Lago Puelo, para circular entre ellas.

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El artículo 41 dispone que “las disposiciones de la presente norma constituyen estipulaciones máximas, las autoridades locales, en el ámbito de su competencia y jurisdicción, y bajo su exclusiva responsabilidad podrán dictar aquellas reglamentaciones complementarias que consideren necesarias a los fines de adecuarlas a las características demográficas, geográficas y sociales de sus jurisdicciones, como así también podrán efectuar las restricciones que consideren necesarias”.

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