La Justicia de Entre Ríos le negó a Nahir Galarza el pedido de arresto domiciliario que formuló días atrás, donde solicitó que le otorguen el beneficio del arresto domiciliario por «la peligrosidad del coronavirus en las cárceles».
La solicitud irá ahora a la Corte Suprema de Justicia. El pedido había sido realizado por sus abogados defensores, José Ostolaza y Pablo Sotelo, quienes argumentaron que «el fallo no está firme» y «no hay peligro de fuga», entre otras cuestiones.
En la petición detallaron que «la causa se encuentra en instancia revisora de la Corte Suprema de la Nación» y que por el «juicio oral ya realizado no existen riesgos procesales».
Sin embargo, la Sala N° 1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, presidida por Miguel Angel Giorgio, rechazó por «improcedente» el pedido de la defensa de la joven de 21 años y calificó como «vago» el argumento de la situación de pandemia que esgrimido por sus abogados, «Carece de todo sustento razonablemente atendible y las concretas constancias reunidas en estas actuaciones -informes del Servicio Penitenciario provincial y del Departamento Médico Forense- ponen de manifiesto que la aludida interna (por Nahir Galarza) no se encuentra alcanzada por alguna verificable situación de riesgo sanitario que aconseje su protección en refugio domiciliario, en la medida en que su actual alojamiento en la Unidad Penal N° 6 ofrece las condiciones necesarias para mantener su aislamiento social al igual que el resto de la comunidad», indica la resolución.
En el fallo se detalla las condiciones de detención en la que se encuentra la joven condenada por el crimen de Fernando Pastorizzo (20).


